Acreditación profesional de Títulos Federativos 2008-2020

La RFEA recuerda a las personas que posean los títulos federativos de Monitor de atletismo, Entrenador de club de atletismo o Entrenador nacional de atletismo, expedidos en el periodo de 1 de enero de 2008 a 7 de marzo 2020, que deben realizar un trámite administrativo ante la Comunidad Autónoma de Madrid, para garantizar/consolidar su acreditación profesional permanente.

Dicha acreditación es válida y obligatoria para ejercer en la Comunidad de Madrid, y para las CC.AA que reconozcan esa acreditación como válida para trabajar en las mismas.

La RFEA y su centro de formación están sujetos a la legislación deportiva y educativa de la Comunidad Autónoma de Madrid. Por ello, independientemente del lugar de residencia de las personas tituladas, se debe realizar este trámite a través del portal de registro de la Comunidad de Madrid.

Se adjunta Circular de la RFEA👈


Top